Ordenanza de Derechos Humanos
| |
Uno de los deberes primeros dados a la comisión es el de tomar acción sobre violaciones de discriminación alegadas, según detallado en Capitulo 97 del código de la ciudad. El código de ausencia de discriminación de la Ciudad de Salem prohíbe la discriminación en:
- Vivienda
- Empleo
- Acomodaciones públicas (Ej. negocios, teatros, moteles, restaurantes)
|
|
 |
|
El 10 de junio, 2002 el código de la ciudad 97.005 a 97.900 fue revisado para incluir protecciones contra discriminación dentro de Salem a base de las siguientes maneras:
-
Raza
-
Color de piel
-
Religión
-
Origen nacional
-
Sexo
-
Edad
-
Estado civil
-
Impedimento
-
Asociación doméstica (La relación entre dos personas quienes conformen con uno de los siguientes requisitos: (1) Ambos han registrado, certificado, o afirmado su relación con un registro legal de asociaciones domésticas dentro de cualquier jurisdicción en EEUU, o con el consejo administrativo del estado de Oregon conocido como el State of Oregon’s Public Employees Benefits Board; O (2) ambos tienen 18 años de edad o más; cada uno soltero; ambos son el único socio domestico e intentan permanecer juntos indefinidamente; ambos no tienen parentesco por sangre más cercano que el Estado de Oregon no permitiría un matrimonio; y ambos viven juntos, comparten las necesidades comunes de la vida y son responsables para el bienestar de cada uno).
-
Estado familiar (Si una persona tiene custodia de niños o si está embarazada)
-
Orientación sexual (Sea actual o percibido, heterosexualidad, homosexualidad, o bisexualidad)
-
Identidad de genero (Sea actual o percibido, si o no su identidad, apariencia, expresión, o actuación es distinto a lo que tradicionalmente se asocia con el sexo de la persona al nacer)
- Fuente de ingresos (la fuente legal de soporte o ingresos de una persona, incluyendo casos donde personas reciben asistencia del gobierno)
|
¿Qué hacer si usted es una victima de discriminación?
Comuníquese con la comisión de derechos y relaciones humanas al 503-588-6261 (Tele escritor 503-588-6032) o entregue por correo electrónico su forma para quejas que se ofrece por este sitio Internet. Podemos explicar sus alternativas y hacer una entrevista de información. Usted puede tener varios cursos de acción disponible, incluyendo:
-
Apoyo. Un miembro de la comisión o el personal puede asistirle investigar alternativas y mientras usted sigua, le ofrecerá apoyo.
-
Mediación. La mediación es una oportunidad para resolver diferencias cara a cara. Muchas veces es mejor resolver problemas con las personas implicadas mas bien que comenzar un proceso legal a largo plazo. Estas discusiones pueden ocurrir informalmente o con la ayuda de mediadores entrenados.
-
Referencia. Algunos problemas se pueden resolver por otras agencias. La comisión y el personal tienen varios contactos para ayudar encontrar una solución a sus quejas, incluyendo:
-
State of Oregon Bureau of Labor and Industries (BOLI). Esta agencia puede ayudar resolver quejas de empleo, vivienda, o acomodaciones publicas.
-
Fair Housing Council of Oregon. Especializan en la investigación de quejas sobre la vivienda.
-
El sistema tribunal. En algunos casos usted puede decidir poner una queja civil con el tribunal (la corte). Para tomar este paso, usted necesita emplear un abogado, así tomando la provisión del derecho privado que es parte de los códigos de la ciudad para todas áreas de protección.
-
Comisión de Derechos y Relaciones Humanas
-
555 Liberty Street SE
-
Cuarto n.° 300
-
Salem, OR 97301
-
TEL: 503-588-6261 |
-
State of Oregon
-
Bureau of Labor and Industries (BOLI)
-
165 East 7th Avenue
-
Eugene, OR 97401
-
TEL: 541-686-7623 |
Fair Housing Council of Oregon
(FHCO)
TEL: 800-424-3247 |
|
|
|
|
|
|